bosques
BOSQUES DE LA COMPAÑIA CIGASA SA DEL CANTON GUAYAQUIL
Acuerdo Ministerial 625 Registro Oficial 575 de 03-dic.-1990 Estado: Vigente
EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Considerando:
Que, mediante comunicación de 18 de julio de 1989, presentada en la Dirección Nacional Forestal perteneciente a este Ministerio, el señor Vitorio Rizzo Pérez, Representante legal de la Compañía Industrial Ganadera y Agrícola S.A. CIGASA solicita se declare zona de Bosque y Vegetación Protectores, el predio de propiedad de la Compañía en mención, con la finalidad de la vida silvestre, y la regulación de otros factores ambientales.
Que, mediante la inspección realizada entre los días comprendidos del 21 al 25 de agosto de 1989, y luego de emitido el respectivo informe técnico por la Comisión Interdisciplinaria conformada por los delegados de la Dirección Nacional Forestal (DINAF) y del Instituto Ecuatoriano de Recursos Hidráulicos (INERHI), recomiendan que la superficie de 465 ha. perteneciente al predio CIGASA, ubicado en la parroquia Balao, cantón Guayaquil, provincia del Guayas, sea declarada Bosque y Vegetación Protectores por cumplir con los requisitos constantes en el Art. 5 de la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre y los Artículos 11, 12 y 14 del Reglamento General de Aplicación.
En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre.
Acuerdan:
Art. 1.- Declarar, Bosque y Vegetación Protectores a 465 ha. de superficie del predio de propiedad de la Compañía Industrial Ganadera y Agrícola CIGASA S.A. ubicado en la parroquia Balao, cantón Guayaquil, provincia del Guayas, cuya ubicación geográfica, situación administrativa, límites y superficie total son los siguientes:
Ubicación Geográfica: El área objeto del presente estudio, se encuentra localizada dentro de la subcuenca del río Chico, cuenca del río Gala, ubicada dentro de las siguientes coordenadas:
Norte: Latitud sur 2 grados 59 minutos 10 segundos y 79 grados 42 minutos 36 segundos de longitud occidental. Sur: Latitud sur 3 grados 00 minutos 30 segundos y 79 grados 42 minutos 06 segundos de longitud occidental. Este: Latitud sur 2 grados 59 minutos 53 segundos y 79 grados 41 minutos 56 segundos de longitud occidental. Oeste: Latitud sur 3 grados 00 minutos 16 segundos y 79 grados 43 minutos 16 segundos de longitud occidental.
Situación administrativa. El área motivo del presente informe, se encuentra localizada en la parroquia Balao, cantón Guayaquil, provincia del Guayas.
Límites:
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Norte: Partiendo de un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 12 segundos de latitud sur y 79 grados 43 minutos 07 segundos de longitud occidental en el río Buenavista, se dirige por este río aguas arriba hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 10 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 36 segundos en el mismo río; de aquí se dirige en línea recta en dirección sureste en una distancia aproximada de 0.2 km hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 12 segundos latitud sur y 79 grados 42 minutos 30 segundos de longitud occidental; luego otra línea recta en dirección noreste en una distancia aproximada de 0.08 Km, hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 11 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 28 segundos de longitud occidental; luego otra línea recta en una distancia de aproximada de 0.2 hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 10 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 22 segundos de longitud occidental; de aquí otra recta en una distancia de 0.1 Km. en dirección sureste hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 11 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 18 segundos de longitud occidental, colindando con la propiedad de Francisco Brito.
Este: Del punto anteriormente citado se dirige en línea recta en una distancia aproximada de 1.5 Km en dirección sureste, hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 53 segundos de latitud sur y 79 grados 41 minutos 56 segundos de longitud occidental; sigue otra línea recta de aproximadamente 0.9 km, en dirección sureste hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 27 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 00 segundos de longitud occidental, colindando con la propiedad de la Colonia Shumiral; de aquí se dirige hacia el oeste en una línea recta de aproximadamente 0.1 Km, hasta un punto de coordenadas 01 grados 00 minutos 06 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 04 segundos de longitud occidental; continúa hacia el sureste en línea recta en una distancia aproximada 0.25 Km hasta un punto de coordenadas de 3 grados 00 minutos 30 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 06 segundos, colindando con la propiedad del señor José Ordóñez.
Sur: Luego se dirige en línea recta en dirección noroeste, en una distancia aproximada de 2 Km, colindando con la propiedad del señor Mario Lara, hasta un punto de coordenadas 3 grados 00 minutos 18 segundos de latitud sur y 79 grados 43 minutos 11 segundos de longitud occidental; de aquí gira hacia el norte en línea recta, en una distancia aproximada de 0.2 Km, hasta un punto de coordenadas 3 grados 00 minutos 16 segundos de latitud sur y 79 grados 43 minutos 16 segundos de longitud occidental, colindando con el propietario antes mencionado.
Oeste: Continúa hacia el norte, en línea recta de aproximadamente 2 Km, hasta el punto de inicio de la descripción de estos límites, colindando con los potreros de la Hda. CIGASA.
Superficie total.- La superficie total del área en estudio, tendiente a ser declarada como Bosque y Vegetación Protectores, corresponde a una superficie de 465 hectáreas.
Art. 2.- Disponer, que la Compañía Agrícola y Ganadera S.A. CIGASA, elabore el respectivo Plan de Manejo en el plazo perentorio de 180 días a partir de la publicación de este Acuerdo en el Registro Oficial, el mismo que para su ejecución contará con el asesoramiento técnico del Jefe de Distrito Forestal del Guayas.
Art. 3.- Prohibir en consecuencia todas aquellas actividades que no sean compatibles con los fines que persigue el área, especialmente las relativas a la colonización dirigida o expontánea, parcelaciones y otras similares de Reforma Agraria, en razón de que las mismas quedan sujetas al régimen forestal cuya administración compete exclusivamente a este Portafolio de Estado, a través de la Dirección Nacional Forestal.
Art. 4.- Inscribir, el presente Acuerdo Ministerial en el Registro Forestal y remitir copia del mismo a los señores Director Ejecutivo del IERAC, Jefe de Distrito Forestal del Guayas, Registrador de la Propiedad del cantón Guayaquil y al señor Notario del cantón Guayaquil, para los fines legales consiguientes.
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Acuerdo Ministerial 625 Registro Oficial 575 de 03-dic.-1990 Estado: Vigente
EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Considerando:
Que, mediante comunicación de 18 de julio de 1989, presentada en la Dirección Nacional Forestal perteneciente a este Ministerio, el señor Vitorio Rizzo Pérez, Representante legal de la Compañía Industrial Ganadera y Agrícola S.A. CIGASA solicita se declare zona de Bosque y Vegetación Protectores, el predio de propiedad de la Compañía en mención, con la finalidad de la vida silvestre, y la regulación de otros factores ambientales.
Que, mediante la inspección realizada entre los días comprendidos del 21 al 25 de agosto de 1989, y luego de emitido el respectivo informe técnico por la Comisión Interdisciplinaria conformada por los delegados de la Dirección Nacional Forestal (DINAF) y del Instituto Ecuatoriano de Recursos Hidráulicos (INERHI), recomiendan que la superficie de 465 ha. perteneciente al predio CIGASA, ubicado en la parroquia Balao, cantón Guayaquil, provincia del Guayas, sea declarada Bosque y Vegetación Protectores por cumplir con los requisitos constantes en el Art. 5 de la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre y los Artículos 11, 12 y 14 del Reglamento General de Aplicación.
En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre.
Acuerdan:
Art. 1.- Declarar, Bosque y Vegetación Protectores a 465 ha. de superficie del predio de propiedad de la Compañía Industrial Ganadera y Agrícola CIGASA S.A. ubicado en la parroquia Balao, cantón Guayaquil, provincia del Guayas, cuya ubicación geográfica, situación administrativa, límites y superficie total son los siguientes:
Ubicación Geográfica: El área objeto del presente estudio, se encuentra localizada dentro de la subcuenca del río Chico, cuenca del río Gala, ubicada dentro de las siguientes coordenadas:
Norte: Latitud sur 2 grados 59 minutos 10 segundos y 79 grados 42 minutos 36 segundos de longitud occidental. Sur: Latitud sur 3 grados 00 minutos 30 segundos y 79 grados 42 minutos 06 segundos de longitud occidental. Este: Latitud sur 2 grados 59 minutos 53 segundos y 79 grados 41 minutos 56 segundos de longitud occidental. Oeste: Latitud sur 3 grados 00 minutos 16 segundos y 79 grados 43 minutos 16 segundos de longitud occidental.
Situación administrativa. El área motivo del presente informe, se encuentra localizada en la parroquia Balao, cantón Guayaquil, provincia del Guayas.
Límites:
BOSQUES DE LA COMPAÑIA CIGASA SA DEL CANTON GUAYAQUIL - Página 1 eSilec Profesional - www.lexis.com.ec
Norte: Partiendo de un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 12 segundos de latitud sur y 79 grados 43 minutos 07 segundos de longitud occidental en el río Buenavista, se dirige por este río aguas arriba hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 10 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 36 segundos en el mismo río; de aquí se dirige en línea recta en dirección sureste en una distancia aproximada de 0.2 km hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 12 segundos latitud sur y 79 grados 42 minutos 30 segundos de longitud occidental; luego otra línea recta en dirección noreste en una distancia aproximada de 0.08 Km, hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 11 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 28 segundos de longitud occidental; luego otra línea recta en una distancia de aproximada de 0.2 hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 10 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 22 segundos de longitud occidental; de aquí otra recta en una distancia de 0.1 Km. en dirección sureste hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 11 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 18 segundos de longitud occidental, colindando con la propiedad de Francisco Brito.
Este: Del punto anteriormente citado se dirige en línea recta en una distancia aproximada de 1.5 Km en dirección sureste, hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 53 segundos de latitud sur y 79 grados 41 minutos 56 segundos de longitud occidental; sigue otra línea recta de aproximadamente 0.9 km, en dirección sureste hasta un punto de coordenadas 2 grados 59 minutos 27 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 00 segundos de longitud occidental, colindando con la propiedad de la Colonia Shumiral; de aquí se dirige hacia el oeste en una línea recta de aproximadamente 0.1 Km, hasta un punto de coordenadas 01 grados 00 minutos 06 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 04 segundos de longitud occidental; continúa hacia el sureste en línea recta en una distancia aproximada 0.25 Km hasta un punto de coordenadas de 3 grados 00 minutos 30 segundos de latitud sur y 79 grados 42 minutos 06 segundos, colindando con la propiedad del señor José Ordóñez.
Sur: Luego se dirige en línea recta en dirección noroeste, en una distancia aproximada de 2 Km, colindando con la propiedad del señor Mario Lara, hasta un punto de coordenadas 3 grados 00 minutos 18 segundos de latitud sur y 79 grados 43 minutos 11 segundos de longitud occidental; de aquí gira hacia el norte en línea recta, en una distancia aproximada de 0.2 Km, hasta un punto de coordenadas 3 grados 00 minutos 16 segundos de latitud sur y 79 grados 43 minutos 16 segundos de longitud occidental, colindando con el propietario antes mencionado.
Oeste: Continúa hacia el norte, en línea recta de aproximadamente 2 Km, hasta el punto de inicio de la descripción de estos límites, colindando con los potreros de la Hda. CIGASA.
Superficie total.- La superficie total del área en estudio, tendiente a ser declarada como Bosque y Vegetación Protectores, corresponde a una superficie de 465 hectáreas.
Art. 2.- Disponer, que la Compañía Agrícola y Ganadera S.A. CIGASA, elabore el respectivo Plan de Manejo en el plazo perentorio de 180 días a partir de la publicación de este Acuerdo en el Registro Oficial, el mismo que para su ejecución contará con el asesoramiento técnico del Jefe de Distrito Forestal del Guayas.
Art. 3.- Prohibir en consecuencia todas aquellas actividades que no sean compatibles con los fines que persigue el área, especialmente las relativas a la colonización dirigida o expontánea, parcelaciones y otras similares de Reforma Agraria, en razón de que las mismas quedan sujetas al régimen forestal cuya administración compete exclusivamente a este Portafolio de Estado, a través de la Dirección Nacional Forestal.
Art. 4.- Inscribir, el presente Acuerdo Ministerial en el Registro Forestal y remitir copia del mismo a los señores Director Ejecutivo del IERAC, Jefe de Distrito Forestal del Guayas, Registrador de la Propiedad del cantón Guayaquil y al señor Notario del cantón Guayaquil, para los fines legales consiguientes.
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